12 de mayo de 2012

DERECHOS HUMANOS - TONALIDADES


TONALIDADES


Oscuros. “Era mi trabajo”, repite intermitentemente a lo largo de su testimonio Carlos Petry, en la audiencia del 11 de abril de la causa que investiga los delitos de lesa humanidad cometidos bajo la órbita de la Marina en la Base Naval de Mar del Plata, la Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina, el Faro y la Prefectura de la misma ciudad.


Petry es oftalmólogo y, en ese momento, médico legista del Cuerpo Médico de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. En ese rol, era el responsable de autopsiar y certificar las causales de muerte de los NN aparecidos en la vía pública en supuestos enfrentamientos. Así, certificó la muerte por politraumatismos y paro cardiorrespiratorio de José AdhemarChangazzo, Eduardo Caballero y Valentín Saturnino Ianni, militantes del PCML secuestrados en Mar del Plata en septiembre de 1977.

En la jerga médica, traumatismo refiere genéricamente a los golpes o heridas que alteran la fisiología del cuerpo. Pero  ¿puede significar politraumatismos alrededor de cinco disparos, uno de ellos en la cabeza, con entrada por detrás? ¿no es el paro cardiorrespiratorio, al fin, el destino de todo cuerpo vivo?

Pardos. Esa misma audiencia, Carlos Archimio, abogado penalista de Mar del Plata y amigo de Irene Beatriz Caballero, hermano de Eduardo Caballero, recordó como en septiembre de 1977 los padres de Eduardo se acercaron a su estudio para narrarle que la noche anterior un grupo de alrededor de 20 personas, algunas con ropa de la Marina pero presentándose como Policía Federal, habían irrumpido en su casa y secuestrado en la calle de la misma a Eduardo. Ante la situación, el abogado sugirió “lo que cualquier abogado haría, presentar un habeas corpus para dar con el paradero del hijo”.

Sabemos que no era fácil en aquella época encontrar los abogados que “hicieran lo que cualquier abogado haría”. Archimio no se vanaglorió de ello, a pesar de que Beatriz reconoció minutos antes la valentía del gesto. El recurso fue presentado ante el Juez Hooft y contestado negativamente por las distintas comisarías, hasta que dos meses después Archimio es citado en la Subcomisaria de Peralta Ramos, donde el comisario le informa que, en relación a Caballero, el mismo había muerto en un enfrentamiento, exhibiéndole fotos el cuerpo en una bañera.

“Y usted, como abogado, le informan que la persona por la cual había intercedido por haber  secuestrada aparece acribillada en un enfrentamiento, ¿y que hizo?” Inquirió incisivo el Fiscal Guillermo Friele. “Informe a los padres, y nada más, ¿Qué podía hacer?”.

Claros. Ya hemos relatado esta historia, pero volvemos a traerla a cuento. El   de marzo de este año, en la causa en que se investigaba el secuestro y asesinato del abogado laboralista Carlos Alberto Moreno en la ciudad de Olavarría en abril de 1977, prestó testimonio el entonces juez Penal de Azul Dr. Carlos Pagliere. El magistrado recibió la denuncia del secuestro a horas de sucedido, iniciando una instrucción que incluyó, ya para los primeros días de mayo en que Moreno había sido visto escapando y siendo recapturado del Centro Clandestino de Detención Chacra de Méndez en la ciudad de Tandil, el allanamiento de la dos comisarías de esa localidad y de la misma finca que funcionara como Centro Clandestino. “Hice lo que correspondía a mi investidura” dijo el Juez.

Como sabemos tampoco fue tan ingenuo y buscó cierto amparo en los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia para que aconsejaran su actuación frente a la evidencia de los hechos que investigaba. El resultado, casi como respuesta a su pedido de parte de la Corte, fue que el 23 de mayo de 1977 el Magistrado debiera declarar su inhibición en los autos, a instancias del Comandante de la 1° Brigada de Caballería Blindada con asiento en Tandil, Gral. (F) Alfredo Saint Jean, radicando la causa en la Justicia Militar. Según consta en el expediente por orden del mencionado General Saint Jean la investigación fue archivada considerando que “de sus constancias no surge la existencia de infracciones susceptibles de investigación en sede castrense”.

Pagliere tampoco se vanaglorió de sus actos “en cumplimiento de las investiduras”. Sin embargo, abrió un pesado silencio en la sala cuando afirmó que aun pesaba en su conciencia la culpa de pensar que quizás a Moreno “no lo hubiesen matado si yo no hacía lo que hice”.

Grises. Entre el blanco y el negro que configuran a los actores en la historia de los delitos de lesa humanidad en Argentina se configura toda una gama de grises. Entre los dos demonios, un continuum de súcubos y ángeles caídos. Son precisamente esas figuras las que ponen en jaque el maniqueísmo de la dualidad.

No todas son iguales. Del mutismo velado de Petry al cargo de conciencia de Pagliere hay varios círculos dantescos. Son gradaciones con contrastes. Complejas. Contradictorias.

Sin embargo hay algo que emparenta estos procederes. El que todos “hicieron lo que tenían que hacer”. Todos hicieron lo que “se hacia”, osea, siguieron el conjunto de reglas de uso que su espacio de vida configuraba como “lo esperable”. Un hacer en el sentido de cumplimentar el conjunto de reglas del oficio. El peso que no nos abre este actuar orientado a medios es que se libera de la dimensión ética de la responsabilidad práctica. Y en este sentido, todos buscaron hacer bien las cosas. Aunque ese bien halla sido liberado de una ética del Bien para atarse a una racionalización de medios para juzgar el bien.

Esta liberación inocula a la acción del sufrimiento ajeno en la ilusión de presentar nuestro hacer como económico (manejo de recursos), administrativo (maximización de ese manejo), policial (cada cosa en su lugar); y no subjetivo (creador de significados nuevos), político (de significados que trastocan los instituidos), agonal (pues en cada hacer “se nos va la vida”).

Y sobretodo, que todo actuar en el mundo lleva intrínsecamente incorporada aquel pacto con los demonios que tan magistralmente bosquejo Weber como la tensión entre una ética de convicción y un ética de los medios.

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