DE LO SISTEMATICO DEL PLAN SISTEMATICO
Sentencia. Finaliza (hoy/mañana) en los Tribunales
de Comodoro Py otro de los juicios por delitos de lesa humanidad cometidos
durante el Terrorismo de Estado en Argentina. Se trata de la causa en la que el
Tribunal Oral Federal 6 de la
Ciudad de Buenos Aires investiga la responsabilidad de los
reos Jorge Rafael Videla, Acosta, etc.… en el diseño y ejecución de un plan
para el secuestro y apropiación de los niños de las personas
detenidas-desaparecidas.La causa se conoce como “Plan Sistemático” y está
compuesta por x casos de niños que nacieron en cautiverio o que fueron
sustraídos de sus hogares, y adoptados ilegalmente. Estas apropiaciones las
hacían muchas veces los mismos represores, en otras los apropiadores eran
cercanos a los grupos de tareas y lo hacían con el conocimiento de la cuna de
horror de la que venía (“cuna de horror” que mece la propia mano de los
genocidas, de ninguna manera el lugar-origen de estos niños). Y algunas pocas
veces, con la buena fe de unos padres que solo estaban eludiendo los caminos
legales de la adopción.
Para que este plan
se desplegara era necesaria, como en todos los dispositivos de horror
construidos por la Dictadura ,
no solo una asociación clandestina que secuestrara, acompañara el
alumbramiento, y asesinara a los padres; sino también una asociación legal,
visible, burocrática, que sellara los papeles, controlara la salud, alojara a
los niños hasta la adopción. Casas cunas, juzgados civiles, centros médicos,
debían realizar las tareas que les correspondían, y que eran las mismas que llevaban
adelante “para cualquier caso”.
Estas historias,
épicas y dramáticas al mismo tiempo, son las que se fueron desplegando los
últimos 10 meses en la sala Amia de los Tribunales de Comodoro Py, y que hoy
esperan una sentencia ejemplar.
Singularidades. El camino emprendido por Argentina en
relación al juzgamiento de los delitos de lesa humanidad cometidos por el
Estado Terrorista nos va legando estas singularidades. Por un lado, dentro de
la lógica procesal de juzgar “hechos” (casos),
nos encontramos con causas que van “juntando caso por caso”. Esto lleva
a que los represores sean condenados acumulativamente una y otra vez por
diferentes procesos, a que los sobrevivientes deban ir una y otra vez a prestar
declaración por distintos juicios, a que los mismos estén enmarcados dentro de
todas las garantías que otorga el Estado de Derecho y que no haya posibilidades
de pensar esta Justicia como venganza.
Sin embargo,
estamos ante una causa que tiene las características muy particulares, ya que
no se está juzgando en ellas a los responsables del robo de tal o cual bebe, ni
a los apropiadores, sino que se está juzgando a quienes tomaron la decisión
efectiva resolver de esta manera el problema que le generaba a la Dictadura el que los
militantes fuesen personas que amaban, padres y madres, además de militantes.
Sistemático. Quisiera detenerme, más allá de la
condena que esperamos para hoy, en esta idea de sistemático con que se
caracteriza el plan del terror estatal en relación a estos delitos. Este
oxímoron de “plan sistemático” es, junto con la clandestinidad, una de las
dimensiones características del Terrorismo de Estado en Argentina. Esto ya fue
expuesto y reconocido por los mismos perpetradores al reconocer que no había
otra forma de “combatir” a las organizaciones armadas que mediante el
exterminio clandestino: el fantasma de la liberación de los presos políticos
(como dijo Videla en “Disposición Final” de Reato) y la condena social que podía implicar “el
fusilamiento de 4.000 o 5.000 personas” (así lo reconoció Díaz Bessone),
conjuraron la desaparición como novel dispositivo de “solución final”.
Digo, en relación a
la desaparición de personas hubo indudablemente una “disposición”. De allí que
estos crímenes sean reconocidos como genocidio: no se trata de delitos sueltos,
sino de delitos conectados por una voluntad de la cual se desgranan; es el
momento de la “decisión” sobre la solución final el que realiza el pasaje de
las practicas genocidas al Genocidio (Feierstein). De ahí que cuando halamos
del Plan Sistemático de Desaparición de Personas no quepan dudas que hubo una
voluntad que fue bajando por la cadena de mandos hasta los Grupos Operativos, y
de ninguna manera eran éstos bandas de delincuentes o “loquitos sueltos”.
Sin embargo, en
relación al Plan Sistemático de Robo de Bebes, los genocidas han alegado que en ningún momento hubo una
voluntad omnisciente que tomara la decisión de emprender este camino. Que más
bien se trato de decisiones caso por caso, problemas singulares que se fueron
presentando y resolviendo con las posibilidades de cada momento. 108??
Decisiones confirmadas hoy. 400 por confirmarse. Pero dejemos las ironías.
Sistema. Decisiones caso por caso. Si nos tomamos
de esta explicación podremos desentrañar otra de las dimensiones de la
sistematicidad del Plan de Exterminio. Es la que entiende la sistematicidad
originado en el sistema. Y el sistema como un conjunto de elementos reunidos
por su función, donde ninguna de las partes hace al todo, pero todas son
imprescindibles.
Recuerdo una escena
de JFK, ya sobre el final de la película, cuando Kevin Costner se reúne con “el
agente”, interpretado por Donald Sutherland,
ese “servicio” que lo vio todo dentro de la “agencia” y se ha salido
para contarlo. En ese dialogo en un banco de plaza con Washington DC de fondo,
Costner pregunta algo así en un momento, “pero entonces quien mató al
presidente”. Sutherland responde, no recuerdo textualmente, pero algo así como
que “nadie, y todos. Era una decisiones que estaba en el aire, quizás alguien
en la pausa de una reunión de directorio, o en un pasillo de la agencia, o en
una cena de comandos, alguien dijese hay que matar al presidente, solo bastaba
eso para que el asesinato se desencadenara, la decisión estaba en el aire”.
Pues eso es lo que
permiten los sistemas, he ahí su perversidad. Nadie toma la decisión, la
decisión se construye caso por caso, cada pieza del sistema hace su parte para
que la solución final sea la misma. Claro que hay subsistemas decisorios y
accesorios. Pero ¿cuál es el límite?
Responsables. Pero esto no disuelve la responsabilidad,
sino que la generaliza. Digo, más allá de los problemas que este tipo de causas
genera para la administración de justicia, en tanto dispositivo social de
compensación (imposible) de daño (inconmensurable); lo que tenemos que pensar
como sociedad a partir de estas causas es como socialmente procesamos el haber
sido parte de este sistema, más allá y más acá de las voluntades (problema
moral que cada uno arreglará con su Dios o su almohada). ¿Cómo es posible que
seamos capaces de construir dispositivos sociales donde cada quien se ajuste a
las reglas (la burocracia estatal) y el resultado sea de una dimensión del
horror desconocida antes? No disuelve la responsabilidad, sino que la
generaliza, no la responsabilidad penal, sino la responsabilidad de pensar el
papel que cada uno quiere y puede asumir frente a este pasado.
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