8 de septiembre de 2014

VIÑETAS HACIA EL JUICIO DE MONTE PELONI III


I.- Hablábamos antes de la cercenada “parte” de la causa 30615 que llega a debate oral en este momento. Decíamos que, si bien se investigan la mayoría de los delitos de lesa humanidad cometidos en el Centro Clandestino de Monte Peloni, no se juzgan a todos los represores. Quedaron para otro momento los responsables directos de los secuestros y torturas. Solo fueron elevadas las imputaciones de los jefes del Área, responsables del funcionamiento de la represión en la región: el responsable del Regimiento, de Inteligencia, el jefe del Escuadrón Operativo, y Ferreira, “El Pájaro”, quizás quien tuviese el rol más operativo de los cuatro.

¿Debería esta responsabilidad funcional delegada liberar de responsabilidad a alguno de los actores de esta maquinaria? Sin dudas, no. En primer lugar, porque en términos legales en estos casos donde se lesionó el cuerpo y la subjetividad de los detenidos desaparecidos y sus familiares, se daño el cuerpo social, político y económico de una sociedad, y se quebró ética y filosóficamente la concepción de humanidad; en estos casos, la obediencia debida no existe.

La responsabilidad mediata es fundamental para comprender el funcionamiento casi burocrático de la maquinaria estatal de represión. Los abogados nos explican esto en términos de la Doctrina de Roxin: esta permite al mismo tiempo eludir la idea del “autor intelectual” (que implica demostrar los vínculos entre quien imparte y quien cumple) y la figura del “instrumento” (que hace recaer sobre el que cumple la idea de impunidad y la obediencia debida). La idea de Roxin es que la conformación de un aparato de poder para fines delictivos implica la cuota de responsabilidad de cada una de sus partes, siendo todas necesarias para que el delito se realice.

Entonces, en ninguna de estas causas los miembros de las fuerzas de seguridad que de una u otra manera estuvieron en contacto con la organización del sistema clandestino de represión pueden decirse “inocentes”. Especialmente quienes por sus cargos de responsabilidad “no podían no saber” lo que sucedía.


II.- Pero particularmente en los casos del Monte Peloni, porque la autonomía y discrecionalidad de los autores imputados en casi cínica. Normalmente suele pensarse en los “excesos” de los esbirros como ejemplo de esta discrecionalidad (como si pudiese pensarse una tortura “no excesiva”). O bien, la visibilidad y connivencia de los responsables con los poderes locales que los habilitaba a “desaparecer a pedido” de intereses locales (como el caso del abogado Moreno en relación a Loma Negra) y no meramente por “ordenes” del sistema de guerra contra la subversión. No vamos a entrar aquí en esas historias ya reseñadas. Pero sí, quiero señalar un dato de la figura del ex Coronel Ignacio Aníbal Verdura.

Verdura no aparece como un Jefe de Área más. Su perfil es muy diferente al de, por ejemplo,  el ex General Mansilla Jefe del Área 123 con asiento en Azul. Mansilla aparece con un semblante burócrata e inepto, manipulado por el verdadero represor puro y duro a su mando, el agente de Inteligencia Alejandro Duret. Verdura, por el contrario, viene de una larga tradición militar del ejército, un ejército “volcado” a la comunidad, que asume su deber al lado de las fuerzas vivas locales.

Una vez en Olavarría, Verdura puede dar rienda suelta a su pasión por los caballos y a través de ellos codearse con la petitería provinciana. Conservadores, burgueses e industriales de Olavarría reciben a este Coronel como un par, un ladero faldero instrumento de ejercicio del control social local.

Piénsese en este sentido en este repetido gesto. Verdura devuelve el cuerpo asesinado de dos detenidos desaparecidos. En primer lugar, el de Carlos Alberto Moreno, secuestrado en Olavarría y asesinado en Tandil. Su esposa, vecina de Verdura, después de un mes de exigir al Regimiento, finalmente recibe el cuerpo de Carlos en la Jefatura de Policía de la Provincia de Buenos Aires, en La Plata. En otro caso, el de “Bomba” Fernández, la familia recibe instrucciones de esperar en el cementerio local la entrega del cuerpo. Claro, como sostiene Carmelo, debemos reconocer la lucha y ciega insistencia de las familias que turcen la práctica sistemática del represor (hacer aparecer los cuerpos en fraguados enfrentamientos). 

III.- No recuerdo con facilidad, tampoco es que conozca los miles de casos, pero no viene a mi memoria otros lugares donde se hayan realizado gestos como este. Quizás Hoft en Mar del Plata, que interviene para la liberación de un detenido del GADA. O en Tandil, donde el Jefe Tommasi entrega a una detenida desaparecida un certificado de detención ilegal para que esta presente el su trabajo ante la cesantía.

Porque Devolver el cuerpo de alguien del que propio ejército informaba a los jueces “no registrar su detención en ninguna dependencia”, de una  persona “desaparecida”, de quien “no se sabe donde está” en palabras de Videla, es un gesto de un cinismo total. Un cinismo que es expresión de impunidad y convencimiento. Verdura cree que la represión (clandestina e ilegal, nocturna, de civil, pero estructurada por el Estado, a espaldas de la Ley) es lo correcto. Pero esa ley no es la ley escrita. Esto también lo tiene claro. Es su ley.

En este sentido, Verdura se maneja no con la impunidad del Estado, no solo con la impunidad del Estado, sino con la arrogancia del Patrón de Estancia. La ética del patrón de estancia expresa el semblante nacional. Y es la versión arrogante del burócrata banal.


“Detrás de un funcionario hay un patrón de estancia. Pero ese patrón no siempre se deja ver. Hay que hacerlo aparecer y para ello habrá que “dorarle la píldora” (…) De ahí que el Estado se haya construido en torno a los favores gestionados. Una economía de favores define al Estado argentino. Sin favores no habría patrones de estancia. Existen patrones porque hay que tomar decisiones que son los favores que él administra (…) Un favor supone una toma de decisión. Una decisión que se hará sentir y saber. Una decisión es algo más que una excepción a la regla, es, como digo Agamben, el grado cero de la ley. Una fuerza de ley sin ley, que no necesita de la ley para poder entender y aplicarse”[1]


Entonces, Verdura tiene hacia fuera una cara: la del patrón de estancia, el hacedor de la ley. Verdura no es Duret. Este último debía gozar perversamente de la tortura, convencido en su rol de agente de inteligencia, jugando con el detenido con la misma pasión como explicaba ante el Tribunal su función en la lucha contra la subversión. Verdura, en cambio, debía pensar que les daba una lección. No estaba combatiendo la subversión, estaba aleccionando a los peones.

Pero por otro lado, esa misma cara es a su vez la del burócrata fracasado, chupamedias del poder, tilingo codeándose con los patrones. Desde el Regimiento, montado en su caballo, Verdura sueña ser lo que su bajo vuelo le permite añorar: un esbirro de Amalita.







[1] Rodríguez, Esteban: Galpones y patrones de estancia, Revista Lote, nro 94

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